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by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:24 AM
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¿Qué se requiere para estudiar en una modalidad mixta?


En una modalidad mixta tú estudias de manera presencial (asistiendo a clases) y en línea, a través de una plataforma virtual; lo que te da flexibilidad ya que sólo asistes dos veces a la semana en un horario fijo y en el resto de los días tu puedes establecer el tiempo y el lugar en el que vas a acceder a la plataforma para consultar contenidos y realizar las actividades propuestas.

La adquisición del conocimiento en este programa académico es dinámica e interactiva; puesto que los contenidos se presentan mediante diferentes recursos digitales y multimedia, lo que permitirá que se desarrollen habilidades para la investigación, el manejo de diversos dispositivos y aplicaciones, la consulta de material digital, la interacción en línea, la participación en redes de colaboración y conocimiento, etc. para que el estudiante se integre con éxito al mundo virtual y físico; permitiendo un mejor desenvolvimiento en el ámbito laboral al egresar de la carrera.

De acuerdo a las características del programa (modalidad mixta), es necesario que el estudiante tenga la capacidad para el autoaprendizaje; ya que deberá de: Asistir de manera presencial a la institución en la fecha y hora programada por la misma y acordada al momento de la inscripción.

Organizar su tiempo de estudio para que pueda realizar las actividades propuestas en la plataforma de manera equilibrada, logrando un mejor aprovechamiento.
Ser disciplinado en la entrega de actividades, ya que la plataforma tiene fechas de vencimiento. Revisar los recursos de la plataforma de manera independiente.
Solicitar apoyo al asesor o compañeros en caso de tener una dificultad Participar en foros, video conferencias y demás actividades que fomenten el trabajo colaborativo entre estudiantes. Trabajar en equipos colaborativos, tanto en ambientes físicos como virtuales
 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:24 AM
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¿Cuáles son los requisitos de admisión para ingresar a la Licenciatura?

Requisitos de Admisión:

Entregar los documentos oficiales  de antecedentes académicos solicitados para su revisión en control escolar, a falta de algún documento, se harán las observaciones pertinentes para su obtención.

Podrá presentar a más tardar el primer día de inicio del cuatrimestre, los documentos oficiales que comprueben los estudios realizados como antecedentes académicos además de los documentos que solicite CEP, así como cubrir las cuotas establecidas por la misma.

Los estudiantes extranjeros podrán inscribirse siempre y cuando completen previamente los requisitos establecidos para los estudiantes nacionales, además, de los que en particular determinen las leyes del país y cubrir los aranceles respectivos.

Los requisitos para la inscripción y reinscripción:

Los alumnos(as) aceptados y para completar su proceso de inscripción debieron haber entregado en Control Escolar la siguiente documentación:

a) Copia del  recibo de pago de Inscripción

b) Original y 1 copia por ambos lados del Acta de Nacimiento.

c) Original y 3 copias por ambos lados del Certificado de Bachillerato.

 * Se deberá verificar que la fecha de conclusión del plan de estudios de bachillerato sea anterior a la del inicio del plan de estudios de Educación Superior.

d) Original y 1 copia de la constancia de la CURP.

e) Original y 1 copia de Oficio de Validación de Certificado de Bachillerato.

f) 4 Fotografías en blanco y negro tamaño infantil, no instantáneas, de estudio con vestimenta formal, rostro descubierto, varones sin adornos y cabello corto.

Para los alumnos extranjeros, además:

g) En caso de Revalidación de estudios anexar la resolución emitida por la Secretaria de Educación del Estado Original y dos copias.

h) Forma migratoria que indique que tiene permiso para su estancia en el país en calidad de estudiante.

El tiempo mínimo para cursar la licenciatura es el establecido en el plan de estudios autorizado por la Secretaria de Innovación Ciencia y Tecnología. El alumno(a) tendrá como plazo máximo para cursar la licenciatura dos años adicionales al tiempo curricular establecido en el plan de estudios.

Cuando se determine que la inscripción es improcedente por documentación apócrifa o por alguna otra causa imputable a sus documentos, CEP, suspenderá el servicio al alumno, sin estar obligado a reembolsar pagos, y sin obligación de la institución de acreditar su escolaridad.

¿Cuáles son los requisitos técnicos de exámenes?

El personal docente debe:

            a) Aplicar los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación señalados en el programa de estudio de cada asignatura. Lo anterior, deberá hacerse del conocimiento de los estudiantes al inicio del ciclo de manera escrita.

            b) Determinar, previo al inicio del cuatrimestre, el procedimiento de evaluación que se aplicará durante el curso para acreditar la materia         respectiva, y el número de evaluaciones parciales que se aplicarán, dependiendo de la extensión, profundidad y complejidad de cada uno de los contenidos a evaluar.

            c) Diseñar, elaborar y calificar el examen final de acuerdo con los criterios autorizados en los programas de estudios, con el propósito de permitir la variabilidad en los esquemas de evaluación de cada materia.

Los exámenes parciales y finales u ordinarios serán diseñados, aplicados y calificados por los docentes titulares de cada asignatura.

El resultado de la evaluación será expresado conforme a las escala de calificaciones de 0.0 (cero punto cero) al 10 (diez) utilizando valores numéricos en cifras de entero y un decimal, siendo la mínima aprobatoria la calificación de 6.0 (seis punto cero). Cualquier calificación menor a ésta deberá asentarse en los reportes de acreditación con 5.0 (cinco punto cero), como valor genérico de reprobación.

Para tener derecho a presentar exámenes parciales, es requisito indispensable tener un porcentaje de asistencias a las sesiones presenciales igual o mayor al 80% y estar al corriente en sus pagos.

Para tener derecho a presentar el examen final u ordinario es  necesario:

            a) Haber presentado un mínimo del 60% de los exámenes parciales.

            b) Tener el 80% de asistencias como mínimo y

            c)  Estar al corriente en todos sus pagos.

Los exámenes deberán aplicarse en las fechas previamente programadas y publicadas, sin posibilidad de adelantarse o posponerse. Al alumno que no presente el examen en el periodo programado, se le registrará en las actas de examen una calificación de 0.0 (cero punto cero).

Es responsabilidad del docente dar a conocer a los estudiantes los resultados de las evaluaciones parciales y finales, antes de asentarlas en el acta de calificaciones, para su publicación.

Las actas de calificaciones parciales, finales u ordinarias serán entregadas al Departamento de Control Escolar de CEP, a más tardar 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la  fecha de aplicación establecida para cada asignatura.

¿Cuáles son los requisitos de supervisión de exámenes?

  • La acreditación de materias del plan de estudios se realiza al cumplir con los requisitos establecidos para el curso correspondiente a cada asignatura. El  registro de calificaciones que realiza el Departamento de Control Escolar de CEP, en los formatos preestablecidos por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, se lleva a cabo con el fin de cumplir con la normatividad establecida.
  • El Departamento de Control Escolar de CEP, es responsable de cumplir y hacer cumplir a la comunidad universitaria, la normatividad respectiva al control escolar que la Secretaría de Innovación Ciencia y Tecnología establezca para la acreditación de estudios y registro de calificaciones.
¿Qué servicios de apoyo tienen los alumnos?

 Para efectos de asignación de BECAS, se aplicarán las disposiciones establecidas en el acuerdo administrativo del Periódico Oficial del Estado de fecha Enero 14 de 2012 mediante el cual se establecen las bases para el efecto de otorgamiento de Becas Académicas por parte de la Comisión Escolar de Becas los planteles educativos que cuentan con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

Otros servicios de apoyo que tienen los alumnos, son derechos a tutorías y orientaciones administrativas por parte del personal de la Institución.
El pago de colegiaturas deberá hacerse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales de cada mes, y en el periodo de exámenes deberá estar al corriente para tener derecho a los mismos; si se cubre el pago fuera de la fecha señalada, se cubrirá un recargo adicional y se reserva el derecho a examen.
Si se realiza el pago en el Banco, se tendrá que canjear la ficha bancaria por el recibo oficial de Centro Universitario de Estudios Profesionales; en ningún caso se tomará la ficha de depósito como referencia. El pago es considerado como tal hasta el momento del canje de la ficha.
Para reinscribirse se cubrirá el importe de reinscripción o primera mensualidad según sea el caso. El concepto de reinscripción es cuatrimestral, por lo que se deberá cubrir al inicio de cada período, de no ser así, se cubrirá un recargo adicional.
La inasistencia a clases no se tomará en cuenta en ningún caso como aviso de Baja, por lo tanto, las colegiaturas serán cubiertas normalmente más los recargos que fueran generados hasta la fecha de aviso de baja por escrito.
Los pagos por concepto de inscripción, reinscripción y/o colegiaturas no están sujetos a devolución, a excepción de aquellos casos en que se cubran pagos por adelantado, en cuya situación, se devolverá la parte proporcional hasta que el alumno solicite su baja por escrito, conforme al Art.33 de estas disposiciones.
En caso que los efectos de la inflación originen aumento en los costos y gastos de operación de la institución, CEP se reserva el derecho de ajustar las colegiaturas en forma porcentual.
Todo aquel alumno(a) que acumule 2 (dos) mensualidades sin cubrir, causará baja administrativa sin responsabilidad para la institución por la pérdida del cuatrimestre en curso.
El alumno que desee solicitar su baja definitiva deberá presentarla por escrito y pagar la cuota correspondiente, a fin de ordenar la suspensión de pagos. Para que proceda la misma, es necesario estar al corriente con sus colegiaturas.
En caso que el alumno omita el pago por los servicios en un periodo de tres meses, será suspendido el servicio, sin responsabilidad de Centro Universitario de Estudios Profesionales, de extender comprobantes de estudios de la parcialidad que corresponda a la omisión en los pagos y con la obligación del alumno a cubrir el monto que correspondan los adeudos aun con la situación de baja.

¿Cuáles son los requisitos para el pago de cuotas?
  • El pago de colegiaturas deberá hacerse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales de cada mes, y en el periodo de exámenes deberá estar al corriente para tener derecho a los mismos; si se cubre el pago fuera de la fecha señalada, se cubrirá un recargo adicional y se reserva el derecho a examen.
    Si se realiza el pago en el Banco, se tendrá que canjear la ficha bancaria por el recibo oficial de Centro Universitario de Estudios Profesionales; en ningún caso se tomará la ficha de depósito como referencia. El pago es considerado como tal hasta el momento del canje de la ficha.
    Para reinscribirse se cubrirá el importe de reinscripción o primera mensualidad según sea el caso. El concepto de reinscripción es cuatrimestral, por lo que se deberá cubrir al inicio de cada período, de no ser así, se cubrirá un recargo adicional.
    La inasistencia a clases no se tomará en cuenta en ningún caso como aviso de Baja, por lo tanto, las colegiaturas serán cubiertas normalmente más los recargos que fueran generados hasta la fecha de aviso de baja por escrito.
    Los pagos por concepto de inscripción, reinscripción y/o colegiaturas no están sujetos a devolución, a excepción de aquellos casos en que se cubran pagos por adelantado, en cuya situación, se devolverá la parte proporcional hasta que el alumno solicite su baja por escrito, conforme al Art.33 de estas disposiciones.
    En caso que los efectos de la inflación originen aumento en los costos y gastos de operación de la institución, Centro Universitario de Estudios Profesionales se reserva el derecho de ajustar las colegiaturas en forma porcentual.
    Todo aquel alumno(a) que acumule 2 (dos) mensualidades sin cubrir, causará baja administrativa sin responsabilidad para la institución por la pérdida del cuatrimestre en curso.
    El alumno que desee solicitar su baja definitiva deberá presentarla por escrito y pagar la cuota correspondiente, a fin de ordenar la suspensión de pagos. Para que proceda la misma, es necesario estar al corriente con sus colegiaturas.
    En caso que el alumno omita el pago por los servicios en un periodo de tres meses, será suspendido el servicio, sin responsabilidad de Centro Universitario de Estudios Profesionales, de extender comprobantes de estudios de la parcialidad que corresponda a la omisión en los pagos y con la obligación del alumno a cubrir el monto que correspondan los adeudos aun con la situación de baja.

 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:23 AM
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Requisitos tecnológicos mínimos exigidos por el diseño del programa son:

Tener acceso a alguna computadora o dispositivo móvil (teléfono inteligente, laptop o tableta) con señal de internet para que pueda consultar contenidos, realizar actividades, evaluaciones y contactar con los demás participantes y asesores.

 El equipo de cómputo, debe tener las siguientes características: Windows vista o superior, OSX 10 o superior.

─Velocidad de conexión a internet mínimo un MB

─Navegadores web: Google Chrome 30.0+, Internet Explorer 9+, Mozilla Firefox  25.0+, Safari 7+

 Para tener un mejor aprovechamiento de la plataforma virtual:

─Cámara, bocinas y micrófono

─Adobe Acrobat Reader

[ Modified: Sunday, 11 January 2026, 8:23 AM ]
 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:22 AM
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Requisitos de Admisión

Entregar los documentos oficiales  de antecedentes académicos solicitados para su revisión en control escolar, a falta de algún documento, se harán las observaciones pertinentes para su obtención.

Podrás presentar a más tardar el primer día de inicio del cuatrimestre, los documentos oficiales que comprueben los estudios realizados como antecedentes académicos además de los documentos que solicite la institución, así como cubrir las cuotas establecidas por la misma.

 

Los estudiantes extranjeros podrán inscribirse siempre y cuando completen previamente los requisitos establecidos para los estudiantes nacionales, además, de los que en particular determinen las leyes del país y cubrir los aranceles respectivos.

Requisitos para la inscripción y reinscripción:

Los alumnos(as) aceptados y para completar su proceso de inscripción debieron haber entregado en Control Escolar la siguiente documentación:

a) Copia del  recibo de pago de Inscripción

b) Original y 1 copia por ambos lados del Acta de Nacimiento.

c) Original y 3 copias por ambos lados del Certificado de Bachillerato.

 * Se deberá verificar que la fecha de conclusión del plan de estudios de bachillerato sea anterior a la del inicio del plan de estudios de Educación Superior.

d) Original y 1 copia de la constancia de la CURP.

e) Original y 1 copia de Oficio de validación de certificado de bachillerato

f) 4 Fotografías en blanco y negro tamaño infantil, no instantáneas, de estudio con vestimenta formal, rostro descubierto, varones sin adornos y cabello corto.

Para los alumnos extranjeros, además:

g) En caso de Revalidación de estudios anexar la resolución emitida por la Secretaria de Educación del Estado Original y dos copias.

h) Forma migratoria que indique que tiene permiso para su estancia en el país en calidad de estudiante.

El tiempo mínimo para cursar la licenciatura es el establecido en el plan de estudios autorizado por la Secretaria de Innovación Ciencia y Tecnología. El alumno(a) tendrá como plazo máximo para cursar la licenciatura dos años adicionales al tiempo curricular establecido en el plan de estudios.

Cuando se determine que la inscripción es improcedente por documentación apócrifa o por alguna otra causa imputable a sus documentos, Centro Universitario de Estudios Profesionales, suspenderá el servicio al alumno, sin estar obligado a reembolsar pagos, y sin obligación de la institución de acreditar su escolaridad.

 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:21 AM
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Requerimientos del Programa Académico:

De acuerdo a las características del programa (modalidad mixta),  es necesario que el estudiante tenga la capacidad para el autoaprendizaje; ya que deberá de:

Asistir de manera presencial a la institución en la fecha y hora programada por la misma y acordada al momento de la inscripción .

Organizar su tiempo de estudio para que pueda realizar las actividades propuestas en la plataforma de manera equilibrada, logrando un mejor aprovechamiento (establecer una rutina diaria).

Ser disciplinado en la entrega de actividades, ya que la plataforma tiene fechas de vencimiento.

Revisar los recursos de la plataforma de manera independiente.

Solicitar apoyo al asesor o compañeros en caso de tener una dificultad

Participar en foros, video conferencias y demás actividades que fomenten el trabajo colaborativo entre estudiantes.

Trabajar en equipos colaborativos, tanto en ambientes físicos como virtuales

 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:20 AM
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Atendiendo a los supuestos de la flexibilidad y atención al rezago; las habilidades y actitudes del perfil de ingreso;  las características del proceso de selección son las siguientes:
 
  • Los aspirantes, no realizará examen de admisión ya que se considera que el certificado de estudios avala que desarrolló las competencias del perfil de egreso de educación media superior.
  • Se le realizarán exámenes de diagnóstico; para evaluar sus habilidades de autoprendizaje, de investigación y para el uso básico de la computadora; las cuales no tendrán impacto en el proceso de selección; sólo tiene como objeto reconocer áreas de oportunidad para dar seguimiento y apoyo durante su trayecto académico a aquellos que lo requieran; en caso que estas habilidades estén en proceso de desarrollo muy bajo, se le invitará al aspirante a realizar un curso de inducción, antes de ingresar a la Licenciatura.
  • Los aspirantes realizarán un Test vocacional para definir su interés por el área de la enseñanza y temas sociales; este no tendrá impacto en el proceso de selección; sólo permiten que el estudiante reflexione sobre si es o no su vocación esa carrera.
  •  La edad no es un impedimento para estudiar la Licenciatura
  • El certificado de bachillerato o equivalente es el antecedente académico requerido.

Proceso de Selección:

  • Llenar solicitud de ingreso de acuerdo a las fechas establecidas por la institución en la convocatoria de apertura de la Licenciatura
  • Cubrir los pagos de inscripción
  • Entregar de manera integral los documentos solicitados por la Institución en los requisitos de admisión.
  • Haber concluido los estudios de bachillerato o equivalentes y contar con el certificado que lo acredite.
  • Inscribirse al curso de inducción para que conozca las características del programa y evaluar sus habilidades a partir de los exámenes diagnósticos ahí propuestos.
  • Tomar el curso propedéutico, en caso de que se requieran desarrolla habilidades básicas mencionadas en el perfil de ingresos.
  •  Cumplir con los requisitos de admisión que establezca la institución
  • Esperar resultados de admisión en las fechas propuestas por la Institución.
 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:19 AM
Anyone in the world

Art. 107 El presente reglamento establece las bases y fija los lineamientos para la prestación del Servicio Social de los estudiantes y pasantes de las diferentes licenciaturas de Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC, aplicándose las disposiciones vigentes establecidas por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología. 

 Art. 108 El Servicio Social es la actividad formativa y de aplicación de conocimientos que de manera temporal y obligatoria realizan los alumnos o pasantes en beneficio de la sociedad, del estado y del propio Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC. 

 Art. 109 El Servicio Social en Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC tiene como objetivos: 

a) Extender los beneficios de la ciencia, la técnica y la cultura a la sociedad, con el fin de impulsar el desarrollo sociocultural, especialmente de los grupos sociales más desprotegidos; 

b) Fomentar en el prestador, una conciencia de servicio, solidaridad, compromiso y reciprocidad a la sociedad a la que pertenece. 

c) Coadyuvar al desarrollo cultural, económico y social del Estado, a través de los planes y programas de los sectores social, público y privado. 

d) Fomentar la participación de los alumnos o pasantes en la solución de los problemas prioritarios estatales y nacionales. 

e) Promover en los alumnos o pasantes actitudes reflexivas, críticas y constructivas ante la problemática social. 

f) Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social. 

g) Promover y estimular la participación activa de los prestadores de servicio social, de manera que tengan oportunidad de aplicar, verificar y evaluar los conocimientos, habilidades, actitudes y valores adquiridos, y 

h) Fortalecer la vinculación del Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC con la sociedad. 

 Art. 110 La prestación del Servicio Social es un requisito indispensable para la titulación en cualquiera de las carreras que Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC ofrece a nivel Superior. 

 Art. 111 La prestación del Servicio Social universitario no generará relación de tipo laboral. 

 Art. 112 El número de horas que el prestador de Servicio Social deberá realizar para liberar su servicio será de 480 (cuatrocientas ochenta horas), el cual deberá ser liberado en un período no menor a 6 meses ni mayor a 2 años. 

Art. 113 El Director de Servicio Social y Titulación será la única persona que celebrará los convenios correspondientes.

Art. 114 Los sectores social y público que tengan o pretendan celebrar convenio en materia de Servicio Social con Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC deberán: 

a) Presentar, en los plazos que determine Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC, el programa de Servicio Social.

b) Contar con un responsable directo que se haga cargo del seguimiento de los prestadores de Servicio Social. 

c) Notificar los cambios del responsable del programa de Servicio Social. d) Facilitar la supervisión y evaluación del programa al Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC y proporcionar la información requerida por ella. e) Garantizar un trato digno a los prestadores de Servicio Social. 

f) Respetar, en lo conducente, la normatividad de CCentro de Estudios Universitarios de Occidente AC

h) Notificar a Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC  a través de la Dirección de Servicio Social y Titulación, las irregularidades que se presenten con los prestadores de del mismo.

INSCRIPCIÓN, PRESTACIÓN Y ACREDITACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.

 Art. 115 Los alumnos podrán iniciar la prestación del Servicio Social al haber cubierto el 70% (setenta por ciento) del total de los créditos del plan de estudios correspondiente.

 Art. 116 El Director Académico o el Director del Servicio Social y Titulación, autorizará en qué programas de Servicio Social se podrán exceptuar los porcentajes antes mencionados. 

Art. 117 La solicitud de inscripción contendrá:

a) Datos generales y matrícula del solicitante; 

b) Plantel en que curse o hubiera cursado la Licenciatura 

c) La carrera que curse o hubiera cursado. 

d) Nombre del programa en que desee participar 

e) Fecha y horario en el que puede cubrir el tiempo del Servicio Social y 

f) Llenar un formato que la entregará la Dirección de Servicio Social y Titulación. 

Art. 118 Junto con la solicitud se acompañará la constancia oficial donde se acredite que se han cubierto los porcentajes de los créditos del plan de estudios correspondiente. 

Art. 119 La Dirección de Servicio Social y Titulación, atenderá las solicitudes de inscripción y expedirán el oficio de comisión correspondiente, en las fechas establecidas.

 Art. 120 Cuando por una causa no imputable al prestador del Servicio Social cancele o suspenda el programa, el Director de Servicio Social y Titulación, podrá autorizar su incorporación a otro programa, contabilizando las horas dedicadas a aquel que se canceló o suspendió.

 Art. 121 Los prestadores del Servicio Social presentará ante el Director de Servicio Social y Titulación, un informe bimestral así como uno final de las actividades realizadas, mismo que deberá estar vinculado con los contenidos del programa y revisado, en su caso, por los asesores respectivos.

Art. 122 El informe final del Servicio Social será individual y contendrá, al menos lo siguiente: 

a) Datos generales y matrícula del prestador de servicio;

 b) Lugar y periodo de realización; 

c) Plantel; 

d) La carrera que cursa o haya cursado; 

e) Nombre y Programa en el que participó; 

f) En su caso, nombre del asesor;

g) Introducción; 

h) Objetivos generales y específicos; 

i) Metodología utilizada; 

j) Actividades realizadas;

k) Objetivos y metas alcanzadas;

l) Resultados, conclusiones, y recomendaciones. 

Art. 123 Los prestadores de Servicio Social asignados a cualquiera de los programas recibirán del titular de la dependencia donde prestan su servicio, la constancia que acredite la conclusión de la carga horaria asignada y de las actividades encomendadas, la cual entregarán en la Dirección de Servicio Social y Titulación, para la expedición de la constancia de Terminación de Servicio Social.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL

Art. 124 Serán derechos de los prestadores de Servicio Social, los siguientes: 

a) Recibir información del programa de Servicio social al que fue asignado.

b) Recibir asesoría adecuada y oportuna para el desempeño de su Servicio.

 c) Contar, por parte de la Institución en que presta su Servicio Social, con los recursos necesarios para el desarrollo de sus actividades. 

d) Manifestar, por escrito, sus puntos de vista en relación al Servicio Social que presta, ante las autoridades encargadas del Servicio Social del Centro de Estudios Universitarios AC. 

e) Gozar de hasta 2 (dos) permisos debidamente justificados y no consecutivos de 3 (tres) días para ausentarse del Servicio Social, siempre que no afecte las actividades bajo su responsabilidad; 

f) Presentar constancia médica, expedida por una institución pública de salud, en caso de accidente, enfermedad o gravidez, con la finalidad de que sea justificada su ausencia en el lugar donde presta su Servicio Social.

g) Solicitar ante la Dirección de Servicio Social, su baja temporal o definitiva del servicio, por circunstancias plenamente justificadas, y. 

h) Recibir constancia que acredite la realización del Servicio Social al término del mismo. 

Art. 125 Las obligaciones del prestador del Servicio Social serán las siguientes: 

a) Cumplir el presente reglamento, así como las disposiciones que dicten en materia de Servicio Social las autoridades de Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC.

b) Cumplir con todos los trámites administrativos para la realización y acreditación del Servicio Social. 

c) Inscribirse en los programas de Servicio Social previamente aprobados por la autoridad competente. 

d) Presentarse al lugar donde fue asignado, dentro de los siete días naturales siguientes a la entrega de su oficio de comisión. 

e) Asistir a los lugares o centro de adscripción que previamente le asignen para prestar su servicio Social.

 f) Cumplir con las actividades que se le asignen, dentro del horario y días que establezca su oficio de comisión.

 g) Observar, en lo conducente, las normas de la Institución receptora. 

h) Observar disciplina y buen desempeño en las tareas que le sean encomendadas. 

i) Responsabilizarse por el buen uso del material y equipo que utilice durante sus actividades.

 j) Cumplir con dedicación e interés las actividades relativas al servicio social, actuando siempre como dignos miembros del Centro de Estudios Universitarios de Occidente AC.

 k) Cuidar la imagen del Centro de Estudios Universitarios AC, conduciéndose con respeto, honestidad, honradez y profesionalismo durante la prestación del Servicio Social.

 l) Asistir a los eventos en apoyo a los programas de Servicio Social que convoquen las autoridades universitarias. 

m) Elaborar al término de la prestación del Servicio Social, un informe de las actividades realizadas, de conformidad con lo establecido.

 n) Participar en actividades de capacitación anteriores a la prestación del Servicio Social, cuando los programas así lo requieran, y las demás que señale la normatividad universitaria.

SERVICIO SOCIAL SANCIONES

 Art. 126 El incumplimiento de alguna de las obligaciones por parte de los prestadores de Servicio Social dará lugar a las siguientes sanciones, como medidas administrativas de carácter correctivo: amonestación en privado, apercibimiento por escrito, baja del programa con o sin cancelación del tiempo acumulado. Los receptores de los prestadores de Servicio Social, podrán aplicar la amonestación en privado, el apercibimiento por escrito y solicitar fundada y motivadamente, la baja del programa del prestador al Director de Servicio Social y Titulación. 

Art. 127 Los alumnos que sin causa justificada comprobada, se nieguen y resistan a prestar el Servicio Social, se sancionarán con amonestación y apercibimiento.

Art. 128 El prestador de Servicio Social será dado de baja del programa en que esté asignado cuando: a) No se presente a realizar su servicio social en la fecha señalada en la constancia de asignación. 

b) Renuncie a prestar el Servicio Social. 

c) Acumule 3 (tres) faltas consecutivas o 5 (cinco) alternadas, sin causa justificada, durante la prestación del Servicio Social. 

d) No cumpla con las actividades asignadas, según lo pactado o establecido en el oficio de comisión. 

e) Deje injustificadamente o inconclusas las actividades del programa, y 

f) Así lo determine alguna autoridad universitaria competente, como sanción.

 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:17 AM
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Modalidades de Titulación y Graduación (se estipulan en el reglamento)

Para que sea autorizado el proyecto de titulación el sustentante deberá:

a) Haber aprobado el 100% de las asignaturas del plan de estudios.

b) Solicitar por escrito la autorización

c) Presentar el recibo de pago por los servicios de Titulación.

La Titulación tendrá cuatro modalidades:

a) Tesis

b) Examen Global

c) Posgrado

d) Titulación Académica

1.- Excelencia Académica

                             2.- Promedio

 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:13 AM
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En la actualidad la demanda de una educación de calidad, obliga a la implementación de programas de tutoría encaminados a proporcionar a los estudiantes los servicios y apoyos que les permitan concluir con éxito su formación profesional en el nivel de licenciatura. En consecuencia, una de las finalidades fundamentales del proceso educativo es la formación integral, de modo que la educación debe concebirse como un proceso continuo de desarrollo de todas las potencialidades que lo orienta hacia la búsqueda de su plenitud en el aprender a ser, a hacer, a aprender, a emprender y a convivir, lo cual lo convierte en un ciudadano y un profesionista consiente, responsable y solidario. Por ello la formación profesional que impulsa y fomenta el programa propicia:

1. El Humanismo, como el entendimiento respetuoso, tolerante y crítico de todas las manifestaciones de la cultura universal.

2. El desarrollo de un conocimiento amplio y objetivo de la problemática desde la perspectiva regional, nacional y mundial

3. Las competencias que permitan la certificación y el reconocimiento de clase mundial

4. La investigación como una forma de generar conocimientos que por su pertinencia y actualidad enriquezcan el acervo humano mundial.

5. Un sentido de identidad profesional y pertinencia Institucional.

6. Desarrollo de habilidades y capacidades, para obtener, analizar y aplicar información, generar conocimientos, así como para identificar, plantear, resolver problemas y tomar decisiones.

7. El cultivo de habilidades y la capacidad de liderazgo para gestionar, emprender, negociar y dirigir.

Tipo de tutoría

 Las modalidades de tutoría son:

a) Tutoría individual. - Se establece una relación directa cara a cara entre el tutor y el estudiante sobre cuestiones académicas, de su situación personal, social o profesional.

b) Tutoría grupal. - Es un acompañamiento de un grupo de estudiantes con la finalidad de abrir un espacio de comunicación, conversación y orientación, donde los estudiantes tengan la posibilidad de revisar y discutir junto con su tutor diferentes temas, por ejemplo, cómo mejorar su rendimiento académico, solucionar problemas escolares, desarrollar hábitos de estudio, reflexión y convivencia social.

[ Modified: Sunday, 11 January 2026, 8:13 AM ]
 
by Editor LG - Sunday, 11 January 2026, 8:11 AM
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La Licenciatura en Derecho está diseñada para formar profesionales con una preparación académica de alto nivel, capaces de enfrentar los retos jurídicos actuales con ética, pensamiento crítico y compromiso social. El programa brinda una formación integral que combina el estudio profundo de las leyes estatales y federales con una sólida base humanista, orientada a la defensa de la dignidad, el patrimonio y los derechos de las personas.

A lo largo de la carrera, el estudiante adquiere conocimientos en las principales ramas del Derecho, desde sus fundamentos históricos y teóricos hasta su aplicación práctica en los ámbitos civil, penal, administrativo, fiscal, empresarial y ambiental. Asimismo, desarrolla habilidades en oratoria, debate y métodos alternos de solución de controversias, incorporando herramientas innovadoras como la inteligencia artificial y la ciudadanía digital. Todo ello con el propósito de formar abogados honestos, responsables y eficientes, que contribuyan activamente a la construcción de una sociedad más justa y de una administración pública libre de corrupción e impunidad.

[ Modified: Sunday, 11 January 2026, 8:11 AM ]